La Corte resolvió que el 2×1 no es aplicable a represores
La Corte Suprema determinó hoy que el beneficio del cálculo del 2×1 no es aplicable a condenados por delitos de lesa humanidad.
De esa manera, el tribunal revocó hoy el fallo que había dado a conocer en 2017 y que benefició al represor Luis Muiña en el 2×1.
La Corte adoptó esta decisión por cuatro votos contra uno, con la disidencia del presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz.
La decisión de los jueces fue en el caso concreto del recurso extraordinario presentado por Rufino Batalla, condenado a 12 años de prisión por su participación en el centro clandestino de detención y tortura La Cacha, que funcionó durante la última dictadura militar en las afueras de la ciudad de La Plata.
Más allá del caso particular, la decisión de la Corte es extendible a todos aquellos otros casos de condenados por delitos de lesa humanidad.
La decisión fue suscripta con las firmas de los jueces Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, ya que Rosenkrantz lo hizo en disidencia y a favor de la aplicación del 2×1.
La ley 24.390 conocida como del 2×1 fue derogada en 2001 pero el 3 de mayo de 2017 la Corte la empleó al aplicarla al caso del represor Luis Muiña, luego de evaluar el principio del derecho penal que impone la aplicación de norma más benigna a favor del imputado.
Esa decisión había sido suscripta por los votos de Highton, Rosatti y Rosenkrantz.
Pero una semana después, el Congreso Nacional aprobó la ley 27.362, que excluyó del beneficio a los condenados por delitos de lesa humanidad.