La AFIP eliminó la obligación de informar telegramas laborales
Hasta el momento, los empleadores debían comunicar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) las intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento. Esta nueva medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y busca simplificar los trámites.
Previamente los empleadores debían comunicar a la AFIP intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento. De esta manera, avanza en la reglamentación de la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
Mediante la Resolución General 5560/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el organismo suprimió el servicio informático «Telegramas laborales», donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013. «Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento», señaló en un comunicado el organismo conducido por Florencia Misrahi.
De todas formas, el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas. Esto permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado.
El servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas.