El procurador Casal pidió revocar el sobreseimiento de Cristina Kirchner en la causa «dólar futuro»
El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, pidió este miércoles revocar el sobreseimiento de la vicepresidente Cristina Kirchner en la causa «dólar futuro», que implicaba supuestos delitos en las operaciones con la divisa estadounidense.
En abril del año pasado, la Cámara de Casación resolvió que no se hará el juicio contra la ex presidenta por supuestos delitos en las operaciones con el dólar futuro. Los jueces hicieron lugar al pedido de sobreseimiento y nulidad del caso que había presentado CFK.
Los acusados de la causa «dólar futuro» habían apelado ante la Cámara de Casación, que decidió cerrar la causa y darle la razón a Cristina Kirchner y al resto de los imputados. Fue clave un peritaje contable que señaló que no había existido perjuicio en contra del Estado y que se trató de una medida de política económica del gobierno k.
Los jueces que resolvieron el pedido de la vicepresidenta fueron Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa. Los tres votaron por el sobreseimiento. Aludieron a la inexistencia de delito en las maniobras investigadas. Pero el fiscal ante la Casación, Raúl Pleé, presentó un recurso extraordinario contra esa sentencia, que le fue denegado, por lo que concurrió ante la Corte Suprema de Justicia con una queja para que se reabra la causa y se haga el juicio oral y público.
«Corresponde declarar procedente la queja, hacer lugar al recurso extraordinario interpuesto y revocar el fallo apelado, a fin de que, por intermedio de quien corresponda, se dicte uno nuevo de acuerdo a derecho», contestó Casal sobre la opinión que le solicitó la Corte.
«No encuentro definido en el fallo el perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior», agregó, por lo que entendió que no correspondía rechazar el recurso. Dijo que, por otro lado, si bien son los jueces del caso los que deben apreciar la prueba, «la Corte puede conocer en los casos cuyas particularidades hacen excepción a esa regla con base en la doctrina de la arbitrariedad, ya que con esta se procura asegurar las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso».
Casal sostuvo que «los magistrados apoyaron sus opiniones exclusivamente en la valoración fragmentaria y aislada del informe pericial que se llevó a cabo en la instrucción suplementaria, sin relacionarlo ni cotejarlo con los restantes elementos incorporados al expediente».
«La afirmación en el sentido de que dicho informe [pericial] eliminaba todo margen de duda y tornaba innecesario el juicio oral, a mi modo de ver, contiene sólo una fundamentación aparente y es causal de arbitrariedad», añadió.