El Gobierno descubrió y revocó 65 nombramientos irregulares en la Policía del Chaco durante la gestión anterior
Cinco días antes de finalizar su mandato, la administración anterior llevó a cabo una serie de nombramientos que, según el actual Ejecutivo, se apartaron del reglamento y beneficiaron a algunas personas «en detrimento del resto del personal».
El 4 de diciembre de 2023, 5 días antes del cambio de gestión, la gestión anterior decretó el nombramiento de 65 personas con la jerarquía de Oficial Principal en la Policía del Chaco, quienes pasaron a formar parte del Cuerpo Profesional de la Policía del Chaco.
Argumentaba el decreto firmado por la exministra de Seguridad, Gloria Zalazar, y el gobernador, Jorge Capitanich, que los 65 nombrados «poseen título de grado, el cual los habilita para el desempeño de sus funciones conforme los alcances e incumbencias de los mismos, reuniendo las condiciones necesarias para la ejecución de labor que serán asignadas en su cargo según corresponda».
Más de tres meses después, el Gobierno revocó el decreto 3570/23 al considerar que resultó manifiesto «la inexistencia de causa suficiente y legalmente fundada, así como también el apartamiento expreso e injustificado de la aplicación en el caso del procedimiento reglado para promociones o titularizaciones (Llamado a Concurso y/o Oposición), viendo se afectado con ellos elementos esenciales del acto administrativo».
Con la firma del gobernador Leandro Zdero y el ministro de Seguridad, Hugo Matkovich, el instrumento que revocó los nombramientos señala que se constató que en el proceso han intervenido las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Finanzas y Programación Presupuestaria, ambas expresando objeciones técnicas negativas con respecto a los presupuestos legales de la medida firmada por la gestión anterior.
Para la gestión de Zdero, en los cuatro años de gestión de Capitanich se eludió «deliberadamente las normativas legales aplicables, beneficiando a los agentes en detrimento del resto del personal de planta permanente. Esto se evidencia en la falta de sujeción a la normativa legal de aplicación expresa y en la atribución indebida de potestades, obviando las disposiciones constitucionales pertinentes».
Cabe recordar que la Constitución de la provincia establece que en la administración pública todos los habitantes son admisibles en los empleos públicos sin más requisito que la idoneidad y preferente domicilio real en la misma. En el caso concreto, «se han omitido los requisitos específicos establecidos por el ordenamiento jurídico de aplicación, lo cual contraviene el principio de igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública», señalaron desde el Ejecutivo.
El procedimiento de concurso público previo a la designación e ingreso para cubrir cargos de carrera administrativa en la administración pública no se habría cumplido adecuadamente, lo que ha llevado a una designación «irregular y arbitraria» de personal .
Al no cumplir con los requisitos constitucionales y legales previos a su dictado, y en el marco de la revisión de los actos administrativos firmados en el periodo el 18 de septiembre de 2023 al 8 de diciembre de 2023, la gestión de Zdero revocó los 65 nombramientos.
LA EXPLICACIÓN SOBRE EL ROL DE LOS 65 NOMBRADOS
El Decreto de Zdero explica que en el contexto de la Administración Pública, es fundamental que los agentes promocionados a cargos permanentes conozcan y respeten los procedimientos establecidos para garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades. Según la Ley Nº 179-A, cualquier irregularidad que no invalide completamente un acto administrativo puede ser anulada mediante un procedimiento judicial o administrativo, especialmente si el interesado estaba al tanto de la irregularidad.
En el caso de la designación de agentes públicos en cargos permanentes, es esencial cumplir con un procedimiento de selección adecuado que respete la carrera administrativa, la idoneidad del agente y la igualdad de oportunidades. Esto implica que los agentes de carrera no pueden ser designados directamente en un cargo sin un concurso previo.
La buena fe no puede alegarse -detallaron- cuando un agente se beneficia de un acto irregular, ya que la ausencia de un concurso interno de oposición y antecedentes indica claramente que está accediendo de manera indebida a un cargo superior. La jurisprudencia, como se estableció en el caso «Almagro» (Fallos: 321:169, 1998), respalda la capacidad de la Administración para anular designaciones basadas en conocimiento de vicios en el proceso de selección.