Caso Domínguez en Sáenz Peña: el fiscal Rescala se defendió de acusaciones y el tribunal dará su resolución a final de noviembre
Este último jueves se llevó a cabo en la Cámara Segunda en lo Criminal de Sáenz Peña la última parte del juicio que tiene como imputados a Gustavo de Jesús Gallardo, María Carmona y Carlos Cocchia por el homicidio en ocasión de robo del abogado saenzpeñense, José Domínguez, el pasado 1 de octubre de 2019.
En la jornada se concluyó con la parte probatoria y de cuestionamientos surgidos durante el debate. Los jueces emitirán su sentencia el 28 de noviembre, a las 8.
Las partes hicieron uso de las réplicas y dúplicas respecto de cuestiones surgidas en las conclusiones finales, tanto por la Fiscalía de Cámara a cargo de Carlos Rescala, como de la querella y los abogados defensores.
La defensa de Gallardo planteó dos nulidades: una respecto a ciertas irregularidades en la actividad procesal del fiscal de Investigaciones y la otra respecto al cambio de calificación legal que solicitó el titular de la acción pública sobre el encuadre legal que corresponde a los hechos. Dada las circunstancias, la defensa afirmó que merecían otra calificación.
El fiscal, en su derecho a réplica, utilizó una frase de una canción de Ignacio Copani. «Lo atamos alambre», dijo en referencia a «una expresión muy acertada en esta oportunidad para discurrir sobre dos circunstancias en esta letal y sensible causa penal».
En este sentido, profundizó Rescala: «Una de esas causas es que esta vez el alambe no fue para solucionar dificultades cotidianas, sino que fue para acabar con quien en vida fuera José Francisco Domínguez, para darle muerte de un modo absolutamente cruel y atroz, y así lo reflejan las muestras fotográficas obtenidas previo a la autopsia y que fueron exhibidas en sala para graficar ante los ojos de cada uno de nosotros el verdadero martirio sufrido por la víctima hasta su deceso».
Y agregó: «Estas dolorosas imágenes quedaron visualmente cristalizadas en nuestras retinas, describiendo el horroroso homicidio de la víctima, además de que también permitieron científica y perfectamente dejar probada la inhumana y monstruosa utilización artesanal del alambre en la anatomía de la víctima para consumar el desarrollo de las acciones de alevosía, ensañamiento y tratar de lograr impunidad».
«La otra causa es que luego de haber escuchado atentamente el respectivo alegato de cada una de las defensas he advertido que los mismos no contenían concatenados y valederos argumentos. Que un imaginario alambre fáctico jurídico les permitiera sustentar y amarrar fundamentalmente las respectivas postulaciones de absolución de sus imputados», sentenció.
RECHAZO DE LAS NULIDADES
Tras realizar un análisis, el fiscal rechazó ambas nulidades por considerar que se pretendía solicitad «la nulidad por nulidad misma» y la otra por considerar «absolutamente extemporáneo e inadmisible».
Dijo además que «es manifiesta la inconsistencia de lo reclamado» en la supuesta inexistencia de afectación de derechos constitucionales y/o convencionales de cualquier naturaleza. «Nunca, pero nunca, fui cagón», apuntó.
Respecto a las acusaciones que realizaron los defensores de los imputados hacia Rescala, el fiscal les contestó: «No lo permito de ninguna manera y lo he de dejar bien en claro para los tres defensores en esta causa». En mirada directa, les dijo que estaban «absolutamente equivocados».
«A diario ejerzo mi labor omo titular de la Acción Publica sin condicionamiento alguno puesto que nada pero nada se interpone. Ni permito que ello ocurra en mi plena y personal libertad de convencimiento, criterio y decisión acusatoria o no», recalcó.
Por último, disparó: «Pueden sentirse absolutamente tranquilos que la acusación que he efectuado a sus respectivos imputados no está viciada de ninguna clase de presiones».