Argentina recibió apoyo en su apelación al fallo sobre YPF: respaldos de Chile, Ecuador, Brasil y Uruguay
Varios países latinoamericanos y referentes del derecho han enviado sus escritos a la corte de Apelaciones de Nueva York respaldando el reclamo argentino.
En el marco del proceso de apelación para revertir la sentencia de la jueza Loretta Preska, que condenó a Argentina a pagar más de US$ 16.000 millones a los fondos Burford y Eton Park por la expropiación de YPF, el país ha sumado apoyos significativos. En las últimas horas, Chile, Ecuador, Brasil y Uruguay se presentaron como «amicus curiae» ante la Corte de Apelaciones de Nueva York respaldando la posición argentina.
Diversos actores nacionales también expresaron su apoyo a través de escritos presentados ante la corte. Entre ellos se encuentran el Colegio Público de la Abogacía de la Ciudad de Buenos Aires, un grupo de exjueces supremos argentinos, como Eugenio Zaffaroni y Antonio Boggiano, la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos, conformada por 10 provincias argentinas, y un conjunto de 16 abogados argentinos.
Sebastián Maril, analista de Latam Advisors, destacó que los demandantes no pueden responder directamente a un «amicus curiae» pero podrían presentar uno en su favor para contrarrestar los argumentos presentados por quienes respaldan a Argentina.
Los argumentos de los países de la región se centran en cuestionar la competencia de la justicia estadounidense para intervenir en un caso relacionado con una empresa que operaba en Argentina y entró en conflicto con el gobierno local, bajo las leyes nacionales. La presentación de estos respaldos refuerza la posición de Argentina en su búsqueda por revertir la millonaria condena.
Sebastián Soler, ex subprocurador del Tesoro, publicó en su cuenta de X un extracto de la nota conjunta que remitieron Brasil y Uruguay a la justicia estadounidense. «Brasil y Uruguay están profundamente preocupados porque el Tribunal de Distrito aplicó mal doctrinas cruciales diseñadas para garantizar el respeto de las prerrogativas de los soberanos extranjeros y sus tribunales, proteger a los litigantes extranjeros de las cargas de litigar en los Estados Unidos y salvaguardar contra la aplicación incorrecta del derecho extranjero. Cada una de estas protecciones, importantes bajo cualquier circunstancia, es esencial cuando se presentan reclamaciones contra soberanos extranjeros«, dijeron.
Por su parte, Maril compartió en la misma red social una parte del escrito que presentaron Ecuador y Chile. Allí, argumentaron que «tienen un interés en este caso porque el fallo del Tribunal de Distrito, si se mantiene, interferirá con las expectativas de larga data de las naciones soberanas de que sus propios juzgados o tribunales serán el árbitro de las disputas corporativas que surjan bajo sus propias leyes relacionadas con sus propias sociedades residentes respecto de estatutos y principios jurídicos que son de dominio exclusivo de cada uno de los respectivos sistemas jurídicos de las Naciones Soberanas».