El Gobierno modificó la administración de derechos de autor y cambió las reglas
Con la nueva normativa, los creadores podrán cobrar sus regalías sin intermediarios o elegir libremente a qué entidad afiliarse. También se impone un límite a los costos administrativos. Por decreto, el Gobierno nacional estableció que los titulares de derechos de autor y derechos conexos podrán gestionar sus obras de manera individual o a través de una o varias sociedades de gestión colectiva (SGC), eliminando el monopolio que estas entidades tenían sobre la recaudación y distribución de regalías.
El presidente Javier Milei firmó el Decreto 138/2025 , que introduce cambios significativos en la administración de los derechos de autor en Argentina. La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece un nuevo marco normativo que permite la libre competencia entre sociedades de gestión colectiva y otorga a los creadores la posibilidad de negociar directamente con los usuarios de sus obras.
El decreto, que también lleva la firma del jefe de Gabinete Guillermo Francos y del ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, fue trabajado en conjunto con el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Claves de la reforma
Hasta ahora, las sociedades de gestión colectiva –como SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música), ARGENTORES (Sociedad General de Autores de la Argentina) y AADI (Asociación Argentina de Intérpretes)– tenían el monopolio de la recaudación y distribución de los derechos de autor y conexos. La falta de transparencia en su administración y los elevados costos administrativos fueron históricamente motivo de críticas por parte de creadores y usuarios.
Con la nueva normativa, los autores podrán:
- Elegir libremente a qué sociedad de gestión colectiva afiliarse, incluso a más de una.
- Negociar y cobrar sus derechos de forma individual, sin intermediarios.
- Fundar nuevas sociedades de gestión colectiva, rompiendo el monopolio de las entidades tradicionales.
Uno de los cambios más relevantes es que la Dirección Nacional del Derecho de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia, será la encargada de autorizar y fiscalizar a estas sociedades. Además, se impone un límite del 30% de lo recaudado para gastos administrativos, con el objetivo de reducir costos y garantizar una mayor distribución de los fondos entre los creadores.
Otro punto central del decreto establece que:
- Las SGC no podrán intervenir cuando un autor decida gestionar sus derechos de forma individual o pactar directamente con el usuario.
- Las sociedades de gestión deberán publicar anualmente sus balances, tarifas y criterios de distribución de los montos recaudados.
- Los fondos no cobrados por sus titulares en un plazo de cuatro meses serán redistribuidos entre los demás beneficiarios.
- El Ministerio de Justicia podrá intervenir en conflictos entre las SGC y los usuarios para evitar abusos en la fijación de tarifas.
- Además, se establece que las tarifas deberán calcularse según el uso real de las obras y el beneficio obtenido por los usuarios, en lugar de aplicarse valores arbitrarios.
Excepciones y repercusiones
El decreto excluye de algunas disposiciones a entidades como SADAIC y ARGENTORES, que continuarán operando bajo sus propios marcos normativos específicos.
Desde el Gobierno, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado celebró la medida, argumentando que «se desmantela un sistema de control instaurado por el régimen de Onganía hace 50 años y que ningún gobierno anterior se animó a modificar».