La Cámara confirmó el procesamiento de la ex procuradora K Alejandra Gils Carbó
Por primera vez una ex Procuradora General de la Nación quedó cerca del juicio oral y público. Procesada el año pasado por el juez Julián Ercolini, la Cámara federal porteña confirmó el procesamiento, aunque impuso modificaciones a la acusación.
El delito atribuido a Alejandra Gils Carbó fue ser coautora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, por la compra de un edificio en la calle Perón al 600, para que funcionen las oficinas de la Procuración. Por el inmueble se pagaron 43 millones de pesos y se abonaron comisiones que rondaron los 10,7 millones de pesos. Sin embargo, los camaristas Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens la encontraron responsable del delito de negociaciones incompatibles con la función pública.
El objetivo de la operación, según la Justicia, fue dar «apariencia de legitimidad» a un proceso administrativo, «con personas insertadas con calidad simulada, con otras interpuestas para apariencia de empresa o negociación», señaló el juez Ercolini cuando la procesó. En consecuencia, todo el proceso administrativo fue considerado como «una farsa».
En este contexto, los imputados -entre ellos Gils Carbó- se valieron de «formas engañosas orientadas a hacer aparecer como legítima la licitación pública que llevó a la adquisición del inmueble», pero que para la Justicia estuvo decidido de «antemano» para favorecer a quienes intervinieron en el millonario proceso.
Por ello, Ercolini procesó como principales responsables a la Procuradora y al subdirector Guillermo Bellingi. La Sala I de la Cámara indicó que el comportamiento responde a una práctica que choca con sus funciones públicas.
Al respecto, el fallo de los camaristas indicó: «»Recién hoy se reconoce abiertamente que la licitación de 2012 no iba progresar de modo favorable. No se habría tratado entonces de una cuestión de tiempos, sino de preferencias. La procuradora requería de un edificio que cubriese otras expectativas. Se reclamaba que se tratase de un edificio de uso exclusivo, que contará con cocheras, un recinto para reuniones, incluso, una bóveda. Todos estos serán aspectos novedosos, que escapaban de los requerimientos de las tres licitaciones anteriores y, también, de las mismas necesidades de las áreas de la Procuración que, en un comienzo, ahí se iban instalar «.
En este sentido, reforzaron un planteo del juez Ercolini donde señaló que «carecía de todo asidero la necesidad de exclusividad del edificio o de la imperiosa identificación de su fachada cuando no iba a albergar dependencias en las cuales funcionarían fiscalías con asidua concurrencia pública-testigos e imputados-, sino solo áreas administrativas de la Procuración».
Por ello, indicaron Bruglia y Llorens que ese mismo uso del edificio, «también impedía comprender la demanda de un espacio de custodia de tamaña seguridad, como lo es un tesoro y que, justamente, la casualidad del destino hizo que el edificio de Perón 667 si detentara, pues había sido aprobado para funcionar como entidad bancaria por el Banco Central de la República Argentina».
Bellingi, a quien Gils Carbó responsabilizó de toda la operatoria cuando declaró, fue el responsable de «modificar los términos de la licitación» que se consideró “direccionada desde su inicio» con un pliego «hecho a la medida de las características que presentaba el inmueble cuya adquisición estaba decidida de antemano y pactada con la vendedora”.
Para la Justicia, las principales autoridades de la Procuración «idearon y ejecutaron un complejo plan» orientado a «adquirir directamente para el Ministerio Público Fiscal, bajo la simulación engañosa de una licitación pública, el edificio de la calle Perón 667».
Sobre dichos aspectos, la Sala I en su fallo indicó: «En definitiva, no solo se trataba de adquirir un inmueble con bóveda, cochera y auditorio. Debía ser un edificio señorial; de época… En ese marco, a los pocos competidores que las primeras exigencias imponían, las últimas terminaban por eclipsar. Así, se eliminaban los rivales que podían disputar la licitación al inmueble de Juan Domingo Perón 667».
La compra del inmueble habría estado «decidida de antemano, previo acuerdo con ejecutivos de la sociedad propietaria del edificio, Arfinsa Argentina Financiera SA», cuya cara visible fue Adrián Fischer, procesado y embargado en $5 millones.
Esta empresa ofertó en el marco de la licitación lanzada por el Ministerio Público Fiscal, a través de Jaureguiberry Asesores Inmobiliarios SA (constituida por Bárbara Jaureguiberry e Ignacio Costa Urquiza).
El inmueble tuvo un costo de $43.850.000 y contó con la intervención «dolosa y fundamental» de Bárbara Jaureguiberry y Juan Carlos Thill (productor de seguros que participó como intermediario y medio hermano de Bellingi).
Durante la operación se pagó una comisión de $7,7 millones a la inmobiliaria Jaureguiberry que a su vez pagó otra comisión de $3 millones por asesoramiento a Thill, el medio hermano de Bellingi.
La Justicia sostuvo que la compra fue por un «monto significativamente mayor a los $27 millones que se hubieran pagado de haberse concretado la operación relativa a la licitación pública N° 17/2012, que sólo dos meses antes había sido dejada sin efecto».
Al momento de determinar la responsabilidad de Gils Carbó, los jueces indicaron: «En virtud del interés egoísta porque fuera ese inmueble, y no otro, el ámbito distinguido y elegante desde el cual desarrollar sus nuevas funciones como titular de la Procuración General; en el segundo, en pos del beneficio económico que la transacción supondría, al menos, para su hermano y los demás particulares que es lo que hasta aquí se acreditado, solo pudiendo tejerse suposiciones en cuanto a cuál fue el destino final del dinero que en pocos días Thill extrajo de su cuenta bancaria» .
Pese al interés manifiesto que confirmaron, hubo en Gils Carbó en la aquisición del edificio los camaristas fueron categóricos al decir que «no se advierte por el momento perjuicio económico al Estado» por las comisiones abonadas a la empresa interviniente. Entendieron que hubo un «direccionamiento en el proceso licitatorio».